¿Qué es la Formación Profesional Dual?

Sofía Riesco

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha elaborado un Real Decreto que regula el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje; que combina la formación y la actividad laboral en la empresa.

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¿Qué es la Formación Profesional Dual y a quién va dirigida?

La Formación Dual se compone de acciones mixtas de empleo y formación, que alterna el aprendizaje en las aulas y la actividad laboral en una empresa. Se dirige a trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 que carezcan de la cualificación profesional obtenida y reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo (FPE) o del sistema educativo.

Duración y modelo de contrato

La duración mínima de este tipo de formación es de un año, y de tres como máximo. Mediante convenio colectivo o en función de las necesidades de las empresas, podrá ampliarse entre 6 meses y 1 año.

El contrato se realiza por escrito según los modelos oficiales. El tiempo de trabajo efectivo no será superior al 75% (el primer año) o el 85% (en el segundo y tercer año) de la jornada máxima prevista en convenio colectivo. Las prácticas que se realicen en la empresa estarán remuneradas, y no podrán ser retribuidas por debajo del salario mínimo interprofesional.

Obtención del título


La actividad formativa supondrá la obtención de un título de formación profesional de grado medio o superior, o de un certificado de profesionalidad o acreditación parcial acumulable. Antes de formalizar el contrato, la empresa verificará que existe un título de FP relacionado con el trabajo que realizará el alumno.

Los trabajadores estarán exentos de realizar el módulo de formación práctica de los certificados de profesionalidad. Cuando la formación se dirija a la obtención de títulos de formación profesional, los trabajadores estarán exentos total o parcialmente de realizar el módulo profesional de formación.

Quién y dónde se imparte

La formación profesional para el empleo se podrá realizar de forma presencial, mediante teleformación o mixta. En lo que se refiere al ámbito educativo, se podrá hacer de forma presencial o a distancia. La formación en la empresa contará con la flexibilidad necesaria para que el trabajador pueda cursar los módulos profesionales del ciclo formativo o los módulos formativos del certificado de profesionalidad.

Las Administraciones Públicas se encargarán de crear una red de centros de formación profesional que se compondrán de centros privados y públicos donde poder cursarla. También se podrá impartir formación en la propia empresa cuando ésta disponga de instalaciones y personal adecuados para ello.

Formación en la empresa


La empresa deberá tutelar el desarrollo de la actividad formativa, designando un tutor que posea la cualificación o experiencia profesional adecuada. Posteriormente se establecerá un acuerdo con el centro de formación y con el joven contratado, donde se indicará: identificación de la persona que representa al centro formativo, identificación de las personas que ejercen la tutoría de la empresa y del centro formativo, detalle del título de formación profesional, certificado de profesionalidad o certificación académica o acreditación parcial acumulable, calendario, jornada, etc.

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